Datos del Autor: Ps. Paolo Antonio Castillo Mendizábal (C.Ps.C. N°62446, ORCID ID: 0009-0003-1104-7058) es psicólogo forense peruano, especialista en psicología criminal y análisis técnico-pericial, con sólida trayectoria académica y experiencia en el estudio, evaluación y discusión crítica de la prueba psicológica en contextos judiciales; se desempeña como director y fundador de proyectos especializados en psicología forense y ciencias criminales, orientados a la producción académica, formación profesional y fortalecimiento de estándares técnicos y éticos en el ámbito forense; contacto: +51962707026. CV Clínico y CV Forense
La figura del perito de parte se ha convertido en uno de los actores más exigidos dentro del sistema probatorio contemporáneo. Su intervención se desarrolla en un contexto estructuralmente adversarial, donde el conocimiento técnico no solo debe ser correcto desde el punto de vista disciplinar, sino además epistemológicamente consistente, metodológicamente defendible y estable frente al contradictorio judicial. Este artículo desarrolla de manera extensa y rigurosa los conocimientos básicos y especializados que debe dominar un perito de parte para ejercer su función con solvencia técnica, credibilidad probatoria y control del rol pericial. Se sostiene que la eficacia del peritaje de parte no depende exclusivamente del dominio del saber técnico, sino de la capacidad de articular dicho saber dentro de las reglas del proceso judicial, preservando el alcance del encargo y la integridad epistemológica de la prueba.
Introducción
En la práctica forense es frecuente encontrar una comprensión reducida del rol del perito de parte. Se lo concibe, de manera implícita, como un perito equivalente al designado institucionalmente, con la única diferencia formal de la vía de nombramiento. Esta concepción, aunque jurídicamente admisible en abstracto, resulta técnicamente insuficiente y metodológicamente riesgosa cuando se traslada al ejercicio real del peritaje en contextos judiciales adversariales.
El perito de parte no actúa en un espacio neutral. Su conocimiento es producido, presentado y defendido bajo un régimen de sospecha estructural. Su imparcialidad es cuestionada de manera recurrente, su metodología es sometida a un escrutinio reforzado y su rol es constantemente tensionado hacia funciones que no le corresponden, como la valoración de hechos, la atribución de responsabilidades o la confirmación de hipótesis jurídicas. En este escenario, el dominio disciplinar, aun siendo indispensable, resulta claramente insuficiente para garantizar una actuación pericial sólida.
La experiencia judicial demuestra que una proporción significativa de peritajes de parte fracasan no por errores técnicos evidentes, sino por déficits formativos más profundos. Entre ellos destacan la incomprensión del estatuto epistemológico de la prueba pericial, el desconocimiento de la lógica del contradictorio, la lectura incorrecta del encargo pericial y la incapacidad para controlar el rol técnico durante el interrogatorio. Estos déficits generan informes formalmente correctos pero estructuralmente vulnerables, que se desarticulan con facilidad en sede judicial.
Este artículo parte de una tesis central: ser perito de parte exige una formación más amplia y más exigente que la requerida para otros roles periciales, precisamente porque su producción técnica será sometida a una presión probatoria mayor. A partir de esta premisa, se desarrollan de manera extensa los conocimientos básicos y especializados que deben integrar la práctica profesional de un perito de parte que aspire a intervenir con solvencia técnica, estabilidad en juicio y coherencia epistemológica.
El perito de parte como figura probatoria diferenciada
El perito de parte es un productor de conocimiento especializado introducido al proceso judicial por una de las partes con el objetivo de aportar información técnica relevante para la resolución del conflicto. Esta definición, aparentemente neutra, encierra una tensión fundamental que atraviesa toda su actuación: el conocimiento que produce es, al mismo tiempo, requerido por su especialización y cuestionado por su origen procesal.
Desde el punto de vista epistemológico, el conocimiento pericial no pierde validez por el hecho de ser propuesto por una parte. Su valor se define por la corrección del método, la consistencia de las inferencias y la transparencia del razonamiento. Sin embargo, desde el punto de vista procesal, dicho conocimiento es sometido a un umbral de exigencia mayor, precisamente porque se asume que responde a un interés procesal legítimo. Esta diferencia no es accidental ni injustificada; es una consecuencia directa del modelo adversarial que estructura el proceso judicial.
El primer conocimiento que debe dominar un perito de parte es la comprensión profunda de esta condición. Su credibilidad no es un atributo previo ni una consecuencia automática de su formación académica o de su experiencia profesional. Es una construcción que se sostiene activamente en cada decisión metodológica, en cada delimitación del alcance y en cada respuesta ofrecida en sede judicial.
Cuando el perito de parte desconoce este estatuto diferenciado, suele cometer errores de posicionamiento que comprometen la solidez de su intervención. Entre ellos se encuentran la adopción de un tono justificativo, la necesidad de “convencer” al tribunal, la sobreexplicación innecesaria o la aceptación acrítica de premisas ajenas a su informe. Todos estos errores no son técnicos en sentido estricto, sino epistemológicos y estratégicos.
Neutralidad técnica y control del rol pericial
Uno de los conceptos más mal comprendidos en la práctica del peritaje de parte es el de neutralidad. Con frecuencia se exige al perito de parte una neutralidad discursiva que resulta incompatible con su estatuto procesal, o bien se lo acusa de parcialidad por el solo hecho de haber sido convocado por una de las partes. Ambas posiciones parten de una confusión conceptual.
La neutralidad exigible al perito de parte no es una neutralidad aparente ni una equidistancia ficticia, sino una neutralidad metodológica estricta. Esto implica que el perito debe aplicar sus métodos de manera consistente, transparente y reproducible, independientemente de a quién beneficien las conclusiones. El perito de parte no defiende una posición jurídica; defiende la validez de su procedimiento técnico.
Controlar el rol pericial significa, en este sentido, resistir dos desplazamientos frecuentes. El primero es el desplazamiento hacia el rol de testigo de hechos, cuando se le solicita opinar sobre lo ocurrido, la intencionalidad de los involucrados o la veracidad de los relatos. El segundo es el desplazamiento hacia el rol de asesor estratégico de la parte, cuando se espera que el perito refuerce discursivamente una hipótesis jurídica más allá de lo que su método permite sostener.
Ambos desplazamientos debilitan la prueba pericial. El perito que los acepta, aun con buena intención, compromete la integridad epistemológica de su trabajo y facilita su desacreditación global en juicio.
Conocimientos básicos que debe dominar un perito de parte
Los conocimientos básicos no deben entenderse como conocimientos elementales o introductorios. Son, en realidad, los cimientos estructurales sobre los cuales se construye toda práctica pericial especializada. Sin estos cimientos, cualquier sofisticación posterior se vuelve frágil y vulnerable.
Dominio profundo de la disciplina de origen
El primer nivel básico es el dominio sólido y actualizado de la disciplina forense específica. En el caso del psicólogo, ello implica conocimiento riguroso de evaluación psicológica, psicopatología, técnicas de entrevista, instrumentos de medición, criterios de validez, confiabilidad y límites inferenciales. Sin esta base, no existe peritaje posible.
No obstante, este dominio no puede ser meramente clínico ni académico. Debe estar adaptado al contexto forense, lo que implica comprender que los instrumentos, técnicas y conceptos utilizados en clínica no se trasladan de manera automática al ámbito judicial. El perito de parte debe saber qué herramientas son pertinentes para responder a un encargo pericial específico y cuáles, aun siendo válidas en otros contextos, generan confusión o vulnerabilidad probatoria.
Comprensión técnica del encargo pericial
Uno de los conocimientos básicos más subestimados en la práctica forense es la capacidad de leer, interpretar y delimitar correctamente el encargo pericial. El encargo no es un mero trámite administrativo; es el marco que define el objeto, el alcance y los límites del análisis técnico.
El perito de parte que no comprende con precisión qué se le está solicitando corre el riesgo de producir informes técnicamente correctos pero procesalmente irrelevantes, o incluso perjudiciales para la estrategia probatoria de la parte que lo convoca. Comprender el encargo implica identificar con claridad las preguntas periciales, los supuestos implícitos y, de manera especialmente relevante, aquello que queda fuera del ámbito de análisis.
Saber decir “esto no forma parte del encargo” no es una debilidad técnica, sino una manifestación de competencia profesional avanzada.
Conocimiento funcional del proceso judicial y de la prueba pericial
El perito de parte debe manejar nociones claras sobre el funcionamiento del proceso judicial, en particular sobre el lugar que ocupa la prueba pericial dentro del sistema probatorio. Debe comprender cómo se introduce su informe al proceso, cómo se valora, cómo se contradice y qué efectos puede tener su actuación en juicio.
Este conocimiento no lo convierte en jurista ni en litigante, pero le permite entender que su informe no existe en el vacío, sino dentro de una estructura procesal específica que condiciona su eficacia. Ignorar esta estructura conduce a errores estratégicos que nada tienen que ver con la calidad técnica del peritaje.
La diferencia entre conocimiento técnico y conocimiento pericial
Un punto crucial en la formación del perito de parte es comprender que no todo conocimiento técnico es automáticamente conocimiento pericial. El conocimiento pericial es una forma específica de conocimiento aplicado, orientado a responder preguntas delimitadas bajo condiciones de control metodológico y relevancia jurídica.
El perito de parte debe saber transformar conocimiento disciplinar en conocimiento pericial. Esto implica seleccionar información pertinente, descartar datos irrelevantes, formular inferencias proporcionales y expresar conclusiones en términos compatibles con la lógica probatoria. Este proceso de traducción no es intuitivo; requiere formación específica y reflexión crítica sobre la propia práctica.
Muchos informes fracasan no porque el perito “no sepa”, sino porque no logra traducir adecuadamente lo que sabe al lenguaje y a las exigencias del proceso judicial.
Conocimientos especializados del perito de parte
Más allá de los fundamentos básicos, el perito de parte requiere conocimientos especializados que le permitan sostener su trabajo en contextos de alta presión probatoria. Estos conocimientos no se adquieren únicamente con la experiencia, sino con formación avanzada y análisis crítico de la práctica.
Epistemología de la inferencia pericial
Uno de los déficits más graves en la formación pericial es la ausencia de reflexión epistemológica. El perito de parte debe comprender qué tipo de conocimiento produce, qué grado de certeza puede legítimamente afirmar y cómo se justifican sus inferencias. Este conocimiento es clave para resistir presiones, tanto explícitas como implícitas, para afirmar más de lo que el método autoriza.
La epistemología pericial permite al perito distinguir entre descripción, interpretación e inferencia, y le proporciona criterios para reconocer cuándo una conclusión es técnicamente sostenible y cuándo se convierte en una afirmación especulativa.
Metodología defendible bajo contradicción
El perito de parte no solo debe aplicar métodos válidos; debe aplicar métodos defendibles en juicio. Esto implica anticipar objeciones, reconocer limitaciones, explicitar supuestos y justificar cada decisión metodológica de manera transparente.
La metodología defendible no busca blindar el informe frente a toda crítica, sino hacerlo resistente al escrutinio razonado. Un informe que reconoce sus límites es más sólido que uno que aparenta una certeza absoluta imposible de sostener.
El dominio de una metodología defendible bajo contradicción implica, además, comprender que el juicio oral no es un espacio de validación académica. El método no se explica para ser comprendido en abstracto, sino para demostrar que las inferencias realizadas se apoyan en decisiones técnicas razonables, explícitas y controlables. El perito de parte que elige un método solo por su prestigio teórico, sin considerar su exposición en juicio, se coloca en una posición de fragilidad. En cambio, quien selecciona procedimientos que puede justificar paso a paso, aun reconociendo sus límites, fortalece la estabilidad probatoria de su informe.
Este conocimiento especializado exige anticipación. El perito de parte debe prever qué aspectos de su metodología serán cuestionados, qué decisiones deberán ser defendidas y qué límites deberán ser reafirmados. No se trata de adaptar el método a la estrategia procesal de la parte, sino de comprender que toda metodología aplicada en contexto judicial será necesariamente examinada desde una lógica adversarial.
Capacidad de análisis crítico de otras pericias
Una de las competencias más relevantes —y menos desarrolladas— del perito de parte es la capacidad de analizar críticamente informes periciales ajenos. Esta tarea no consiste en desacreditar personas ni en polemizar con conclusiones, sino en examinar la coherencia interna del trabajo pericial desde una perspectiva estrictamente metodológica.
El análisis crítico de otras pericias requiere identificar con precisión errores de alcance, inferencias no justificadas, omisiones relevantes, uso inadecuado de instrumentos o confusión entre categorías descriptivas y valorativas. Para ello, el perito de parte debe manejar un conocimiento profundo de los estándares técnicos de su disciplina y de las exigencias probatorias del proceso judicial.
Este tipo de análisis es especialmente delicado, porque se desarrolla bajo la sospecha de parcialidad. Por ello, el perito de parte debe extremar el rigor conceptual y la claridad argumentativa, evitando cualquier forma de descalificación personal o retórica excesiva. La fortaleza de su crítica reside exclusivamente en la solidez del razonamiento técnico.
Conocimiento estratégico del juicio sin abandonar el rol técnico
Comprensión de la lógica del contradictorio
El juicio oral no es un espacio de diálogo técnico entre pares. Es un escenario estructurado para la confrontación probatoria, donde cada pregunta cumple una función estratégica. El perito de parte debe comprender esta lógica para no confundir el interrogatorio con una evaluación académica de su trabajo.
Conocer la lógica del contradictorio implica reconocer que muchas preguntas no buscan información, sino generar efectos probatorios: evidenciar contradicciones, inducir afirmaciones excesivas, aislar fragmentos del informe o desplazar al perito fuera de su rol técnico. Ignorar esta lógica conduce a respuestas reactivas que debilitan la prueba.
El conocimiento especializado aquí no consiste en aprender técnicas de litigación, sino en desarrollar la capacidad de leer el interrogatorio como una operación estratégica y responder desde el marco pericial, sin personalizar el cuestionamiento ni ceder a la presión discursiva.
Control del discurso pericial en juicio
Uno de los conocimientos más finos del perito de parte es el control del propio discurso. Saber cuándo responder, cuándo delimitar, cuándo reconducir la pregunta y cuándo detenerse es una competencia avanzada que se adquiere con formación reflexiva y experiencia supervisada.
El perito de parte debe comprender que no toda pregunta exige una respuesta expansiva. En muchos casos, la respuesta técnicamente correcta es breve, precisa y estrictamente anclada al contenido del informe. Hablar de más, aun con buena intención, suele generar vulnerabilidades innecesarias.
Controlar el discurso pericial implica resistir la tentación de “explicar mejor”, “aclarar todo” o “convencer” al tribunal. El perito no persuade; expone conocimiento técnico dentro de límites definidos. Cuando esta distinción se pierde, el rol pericial se diluye.
Ética pericial aplicada al peritaje de parte
La ética del perito de parte no se reduce a la ausencia de conflicto de intereses o al cumplimiento de normas formales. Incluye, de manera central, el compromiso de no producir afirmaciones que el método no respalda. Este compromiso ético es especialmente exigente en contextos adversariales, donde la presión para reforzar una hipótesis procesal puede ser intensa.
El perito de parte éticamente competente sabe reconocer cuándo una pregunta excede su encargo, cuándo una inferencia no puede sostenerse y cuándo una respuesta, aunque favorezca a la parte que lo convoca, comprometería la integridad epistemológica de su trabajo. Este autocontrol no debilita la prueba; la fortalece.
La autoridad pericial como construcción técnica
Un error extendido en la práctica forense es suponer que la autoridad pericial deriva automáticamente del título profesional, de la experiencia acumulada o del reconocimiento institucional. En el contexto del peritaje de parte, esta suposición resulta particularmente peligrosa.
La autoridad pericial se construye en el ejercicio mismo del rol, a través de decisiones metodológicas coherentes, delimitaciones claras del alcance, respuestas disciplinadas en juicio y una consistencia sostenida entre el informe escrito y la declaración oral. Cada exceso discursivo, cada inferencia no justificada y cada desplazamiento de rol erosionan esa autoridad.
El perito de parte debe comprender que su autoridad no es un capital previo que se “usa” en juicio, sino una posición que se sostiene activamente frente al contradictorio. Esta comprensión constituye un conocimiento especializado que distingue a los peritos técnicamente sólidos de aquellos que, aun con formación avanzada, se vuelven vulnerables en sede judicial.
Implicancias institucionales de la formación del perito de parte
La actuación del perito de parte no solo tiene consecuencias para el caso concreto en el que interviene. Tiene efectos más amplios sobre la percepción institucional de la prueba pericial y sobre el lugar que ocupan las ciencias forenses dentro del sistema de justicia.
Cuando los peritajes de parte se presentan de manera técnicamente deficiente, discursivamente excesiva o metodológicamente frágil, se refuerzan prejuicios sobre su parcialidad y se debilita la confianza judicial en este tipo de prueba. Este efecto no distingue entre peritos individuales; se proyecta sobre la disciplina en su conjunto.
Por el contrario, cuando los peritos de parte actúan con rigor, control del rol y coherencia metodológica, contribuyen a elevar el estándar general de la prueba pericial y a consolidar un espacio legítimo para la producción de conocimiento especializado en el proceso judicial.
Desde esta perspectiva, la formación avanzada del perito de parte no es solo una necesidad individual, sino una responsabilidad institucional de las disciplinas forenses.
Reflexión final
Ser perito de parte no es una función accesoria ni un ejercicio de militancia técnica. Es una práctica altamente especializada que exige un conjunto complejo de conocimientos básicos y especializados, articulados de manera coherente dentro de un sistema adversarial. El dominio disciplinar es condición necesaria, pero no suficiente. La verdadera solvencia pericial se construye en la intersección entre epistemología, metodología, proceso y ética.
El perito de parte que comprende esta intersección no necesita exagerar sus conclusiones ni justificar su presencia en juicio. Su trabajo se sostiene por la claridad del método, la proporción de las inferencias y el control riguroso del rol. En un sistema judicial cada vez más exigente, esta forma de ejercicio pericial no es una opción, sino una condición de posibilidad para la credibilidad de la prueba técnica.
Conclusiones
El perito de parte requiere conocimientos básicos sólidos que fundamenten su práctica disciplinar en contexto judicial.
La especialización pericial implica dominar la epistemología de la prueba, la metodología defendible y la lógica del contradictorio.
El control del rol pericial constituye una competencia central para sostener la autoridad técnica en juicio.
La formación avanzada del perito de parte es una necesidad estructural para fortalecer la calidad de la prueba pericial en el sistema de justicia contemporáneo.
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